Clave de Inversores del Exterior (CIE) - Resolución General Nº 3986 - E - AFIP –
Síntesis: Para el titular sea una persona jurídica, agrupación no societaria y/o cualquier otro ente colectivo residente en el exterior, constituido en un país o jurisdicción no identificado como de alto riesgo o no cooperante según la lista publicada por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) vigente a dicho momento, que pretenda realizar inversiones financieras en el país y no posea clave asignada por este Organismo, deberán solicitar la Clave de Inversores del Exterior (CIE). Efectos Sobre el Acopio: Sujetos o entes residentes en el exterior. Normas Relacionadas: Leyes 24452, 26831 y la Resolución General Nº3717 – AFIP -
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